El Comite de la  fatwa

La comunidad musulmana enfrentó muchas cuestiones y problemas que eran el resultado de sociedades no islámicas, que imponían tal carga a la comunidad que quienes trabajaban en el campo islámico y aquellos que se especializaban en las ciencias de la Sharia en particular no podían permitirse el lujo de ignorarlos y permanecer en silencio. sobre ellos.

Es por eso que la “comunidad” necesita urgentemente un consejo que incluya personas con competencias jurídicas, y que atienda los requerimientos de la “comunidad” islámica en México a través de la emisión de fatwas, investigaciones y estudios que aborden sus problemáticas, resuelvan sus problemas y aliviar su sufrimiento.

 

Este sistema surgió como un marco que cubre la necesidad y cumple con los requisitos.

El Consejo de Fatwa e Investigación es un organismo académico islámico especializado e independiente, formado por un grupo de académicos, y en lo sucesivo denominado el “Consejo”.

La Fatwa y el Consejo de Investigación buscan lograr los siguientes objetivos:

1 – Crear acercamientos entre predicadores e imanes que trabajan en la predicación en México, y trabajar para unificar opiniones jurisprudenciales entre ellos sobre importantes temas jurisprudenciales.

2 – Emitir fatuas colectivas que atiendan las necesidades de los musulmanes en México, resuelvan sus problemas y regulen su interacción con las comunidades islámicas en México, a la luz de las disposiciones de la Sharia y sus objetivos.

3 – Emitir investigaciones y estudios sobre la Sharia que aborden cuestiones emergentes en la escena latina de manera que logren los propósitos de la Sharia y los intereses de la creación.

 

Racionalizar a los musulmanes en México en general y a los jóvenes del Despertar Islámico en particular, mediante la difusión de conceptos islámicos auténticos y fatwas legales sólidas.

El Consejo busca alcanzar sus objetivos adoptando los siguientes medios:

El Consejo podrá formar entre sus miembros y otros comités especializados con tareas permanentes o temporales, y encomendarles la realización de trabajos que ayuden a alcanzar los objetivos del Consejo.

Confiar en referencias jurisprudenciales confiables, especialmente aquellas basadas en evidencia sólida

Beneficiarse de fatwas e investigaciones emitidas por academias de jurisprudencia y otras instituciones científicas.

 

Hacer esfuerzos diligentes con las autoridades oficiales para reconocer oficialmente al Consejo y consultarlo para conocer las disposiciones de la Sharia islámica.

Establecer cursos legales para calificar a eruditos y predicadores.

Realización de seminarios para estudiar algunos temas jurisprudenciales.

 

1 – Emitir boletines y fatwas, periódicos y no periódicos, y traducir fatwas, investigaciones y estudios al idioma español.

2 – Publicar una revista en nombre del Consejo en la que se publiquen selecciones de fatwas, investigaciones y estudios que el Consejo discute o que alcanzan sus objetivos.

 

Un miembro del consejo debe cumplir las siguientes condiciones:

1 – Debe tener título universitario en derecho, o persona que haya asistido a los consejos de académicos y se haya graduado en ellos, y que tenga conocimientos de la lengua árabe.

2- Debe ser conocido por su buena conducta y cumplimiento de las disposiciones y la etiqueta del Islam.

3- Debe ser residente en México, o alguien interesado en la jurisprudencia de un musulmán residente en un país no islámico. (1)

4 – Debe combinar jurisprudencia Sharia y conocimiento de la realidad.

5 – Ser aprobado por mayoría absoluta de los miembros

 

El Consejo podrá, si el interés lo requiere, incluir observadores, incluidos académicos y muftíes de países islámicos, que participen en las reuniones del Consejo.

El Consejo podrá invitar a sus reuniones y participar en sus discusiones a asesores, expertos o traductores que estime útiles para la consecución de sus fines, sin que estos tengan derecho a voto.

Al seleccionar miembros, se debe considerar representar a la comunidad en la que los musulmanes tienen una presencia visible.

En la selección de sus miembros se tiene en cuenta la representación de las cuatro escuelas de jurisprudencia.

La nominación para ser miembro del Consejo depende de la recomendación de tres miembros del Consejo o de tres académicos reconocidos y confiables.

 

Presidente del Consejo y su suplente.

El Presidente: Es el máximo responsable del Consejo y supervisa todas sus actividades.